Son Funciones del Gerente Municipal:
1. Planear, organizar, dirigir, integrar y supervisar las actividades de los órganos de la Administración Municipal, en concordancia con las disposiciones Municipales.
2. Ejecutar por delegaciones del Despacho de Alcaldía las siguientes funciones:
- Ejecutar los Acuerdos de Concejo Municipal.
- Cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas Municipales.
- Ejecutar Planes de Desarrollo Local.
- Proponer al Despacho de Alcaldía y Concejo Provincial las Políticas de Gestión.
- Municipal, para el Corto, Mediano y Largo Plazo.
- Controlar la recaudación de los Ingresos municipales y autorizar los Egresos en conformidad con la Ley y el Presupuesto.
- Vigilar el cumplimiento de los contratos.
- Proponer por intermedio de la Gerencia de Planificación y Presupuesto – Subgerencia de Racionalización, Estadística e informática, el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones y el Reglamento Interno de la Municipalidad Provincial.
- Proponer la creación, modificación y supresión o exoneración de contribuciones, arbitrios y derechos municipales.
- Coordinar con las instituciones públicas correspondiente a la atención de los asuntos municipales.
- Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad.
3. Proponer y visar la documentación técnica – normativa (Directivas, Reglamentos, Manuales y Otros) inherentes a la Gestión Municipal.
4. Visar la documentación administrativa y resolutiva de la Gestión Municipal.
5. Ejecutar las acciones de Convenios y Cooperación a nivel local, regional e internacional donde participa el Municipio.
6. Representar en actos cívicos y de trabajo al Alcalde.
7. Proponer al Alcalde las acciones Institucionales y de personal en la Municipalidad.
8. Proponer por intermedio de la Gerencia de Planificación Y Presupuesto, – Subgerencia de Presupuesto y Cooperación Técnica Internacional el Proyecto del Presupuesto Municipal para su aprobación.
9. Preponer al Alcalde acciones de nombramiento, contratos, ascensos y promociones de personal de servicios de acuerdo a Ley.
10. Participar y proponer, cuando se le requiera al más alto nivel, en la determinación de la política sobre los Planes y Programas, y los asuntos inherentes al ámbito de su competencia.
11. Supervisar, controlar y orientar en la aplicación de los lineamientos de política en materia de gestión a todos los Gerentes de los órganos de apoyo, asesoramiento y línea que están bajo su gerencia municipal.
12. Otras funciones que le asigne el despacho de alcaldía. |